A raíz de la postulación y eventual ratificación en el Senado de Agustín Carstens como Gobernador del Banco de México se ha señalado, sin sustento, que ello podría debilitar y hasta poner en peligro la autonomía del banco central. Cuando se habla de la autonomía del banco central hay dos vertientes de la misma: la autonomía política y la autonomía económica. La primera se refiere a los mecanismos para la integración de la Junta de Gobierno y las causas de remoción de alguno de sus miembros. La autonomía económica se refiere a la independencia con la cual el banco central define y ejerce la política monetaria; ambos conceptos están establecidos en el artículo 28 constitucional, el cual señala que “El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración…. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”.
Respecto de la autonomía política, tanto el propio artículo 28 constitucional como los artículos 38 al 41 de la Ley del Banco de México establecen el procedimiento y requisitos para integrar la Junta de Gobierno del banco central, mientras que el artículo 43 establece las causas de remoción de algún miembro de esta Junta. Por lo que corresponde a la integración de la Junta destaca el que los nombramientos de cada uno de los miembros se harán de manera escalonada lo que implica que, salvo por alguna razón excepcional, el Presidente de la República en turno no habrá nominado a la mayoría de sus integrantes. Este mecanismo, que por sí mismo le da independencia al Banco, se complementa con las causas de remoción, las cuales solo se podrán dar por causas graves; de las nueve causales establecidas en el artículo 43 de la Ley, ninguna establece como causa de remoción el negarse a otorgar financiamiento al gobierno.
Otro aspecto relacionado con la independencia del banco central y que evita que el Presidente de la República determine la conducción y el rumbo de la política monetaria es que al ser la Junta de Gobierno un cuerpo colegiado, las decisiones se toman por mayoría y solo en caso de empate el que presida la Junta tendrá voto de calidad.
En cuanto a la autonomía económica, siendo que el único objetivo del Banco de México es procurar el poder adquisitivo de la moneda, las decisiones de política monetaria que tome la Junta de Gobierno se hacen con el propósito de alcanzar este objetivo. Esto no implica, sin embargo, que estas decisiones se hagan sin tomar en consideración variables fundamentales, destacando la evolución de actividad económica, la política fiscal, la política de endeudamiento del gobierno y las condiciones del entorno internacional a las cuales se enfrenta la economía mexicana.