martes, 29 de marzo de 2011

Derechos de propiedad

Otra calificación reprobatoria, esta vez en el Índice Internacional de Derechos de Propiedad. México ocupó el lugar 77 de entre 129 países evaluados con una calificación de 5.0. En los subíndices, destacan “ambiente político y legal” con una calificación de 4.2, “derechos de propiedad física”, 5.7 y “derechos de propiedad intelectual” con una calificación de 5.0. Simple y sencillamente, no avanzamos por lo que no resulta sorprendente el mediocre desempeño de la economía. ¿Por qué son tan importantes una eficiente definición y protección de los derechos privados de propiedad?
Estos se entienden como la asignación exclusiva que se hace a un agente económico de un recurso para qué este lo disfrute directamente a través de su utilización o indirectamente a través del intercambio. Son cuatro los elementos que componen estos derechos. El primero es el derecho que tiene todo individuo de poseer bienes como una extensión de su derecho a la vida misma. El segundo es el derecho de utilizar estos recursos con entera libertad, mientras no se atente en contra de los derechos de propiedad de terceros. El tercer elemento es el derecho a transferir libremente el recurso en transacciones que sean enteramente voluntarias. Y, finalmente el cuarto, estos tres derechos tienen que estar protegidos y garantizados por un poder judicial que sea independiente, imparcial, eficiente y expedito.
En estos cuatro componentes de una eficiente definición y garantía judicial de los derechos privados de propiedad, México falla de manera lamentable. Primero, la propiedad privada es un derecho derivado y no, como debería ser reconocido en el marco legal, como un derecho natural. En nuestro país, tal como lo establece el artículo 27 constitucional, todos los recursos (tierra, agua y aire) son propiedad de la Nación (sic), la cual tendrá la facultad de transferirlos a los particulares para la constitución de la propiedad privada. Al ser un derecho derivado, la propiedad privada de los recursos productivos no está efectivamente garantizada. Basta un decreto de expropiación, procedimentalmente bien hecho, para que el gobierno se apropie, prácticamente de manera arbitraria, de cualquier activo privado. Resultado: menor crecimiento económico.
Segundo, en general somos libres de utilizar los recursos de “nuestra” propiedad libremente. Sin embargo, la enorme incidencia de impunidad (97%), con la cual se cometen los delitos en México, todos ellos violatorios de los derechos privados de propiedad de terceros, muestra una falla institucional realmente grave. La corrupción e ineficiencia de los sistemas de procuración y administración de justicia, hacen que la sociedad en su conjunto incurra en enormes costos que se derivan en menor crecimiento económico.
Tercero, no todas las transacciones en México son voluntarias. Todos los mexicanos nos enfrentamos diariamente con una enorme incidencia de prácticas monopólicas de las cuales no nos podemos escapar (derivados del petróleo, electricidad, telecomunicaciones, cementos, servicios notariales, etcétera) más el hecho de que sigue persistiendo la práctica de barreras significativa, todas ellas sin justificación, al comercio internacional. Resultado: menor crecimiento.
Finalmente, en donde la falla es mayor es en la protección y garantía judicial de los derechos. La ineficiencia, parcialidad y corrupción que caracterizan a los poderes judiciales particularmente los estatales, sin con ello exonerar absolutamente, a los tribunales federales, hacen que sea extraordinariamente costoso que los contratos se cumplan. Ello repercute, por ejemplo, en mayores costos de transacción y menores niveles de crédito. Resultado: menor crecimiento económico.
Y así, mientras no avancemos en la solidificación de un íntegro estado de derecho, seguiremos en la mediocridad.

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